ISABEL BELÉN INIESTA EGIDO, Alcaldesa-Presidenta del Excmo Ayuntamiento de Alpera hace saber:

Debido al incremento creciente del uso de lodos de depuración tratados en agricultura como fuente de materia orgánica y de nutrientes para los cultivos, y por otra parte los riesgos sanitarios y medioambientales derivados de una incorrecta utilización o un uso incontrolado, es necesario, con el fin de buscar el equilibrio entre el interés agrario y medioambiental y proteger la salud pública de los ciudadanos, recordar la normativa que entró en vigor el pasado 5 de noviembre como consecuencia de la modificación, aprobada en el pleno de 24 de abril de 2019, de la Ordenanza Municipal reguladora de vertidos de lodos de 2017.

Por ello, y en uso de las atribuciones que me son conferidas legalmente DISPONGO :

Queda tajantemente PROHIBIDO VERTER LODOS SIN LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL AYUNTAMIENTO, previa solicitud y presentación de la oportuna documentación recogida en la Ordenanza Municipal. Se recuerda que las sanciones abarcan de 300 a 3.000 euros para :

- Las personas que realicen los vertidos,

- Los agricultores que exploten las tierras donde se produzcan los vertidos,

- Las personas que conduzcan los vehículos con los que se infrinjan las normas,

- Los propietarios de los vehículos que transporten los lodos o

- Los propietarios de las explotaciones productoras de residuos ganaderos.

La Alcaldía confía en la concienciación de la ciudadanía y en el cumplimiento del presente bando, evitando de esta forma el ejercicio de la potestad sancionadora de las distintas Administraciones. Lo que se hace público para general conocimiento en Alpera, a fecha de 28/11/2019.

https://sede.dipualba.es/tablondeanuncios/documento.aspx?id=19788&modo=abrir&entidad=02010